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17 de noviembre de 2025

Disputa tributaria entre la Municipalidad de Ramallo y Ternium: presentación federal y antecedentes judiciales

La discusión por la Tasa de Seguridad e Higiene que la Municipalidad de Ramallo reclama a Ternium derivó en una presentación en el fuero federal de San Nicolás. El caso se desarrolla en un contexto de vencimientos administrativos: en diciembre, todas las empresas del distrito deben renovar sus habilitaciones sin mantener deudas municipales. La situación reactualiza precedentes de la Corte Suprema sobre tasas locales, contraprestación y límites a la potestad tributaria municipal.

El origen del conflicto

La Municipalidad de Ramallo reclama a Ternium el pago de la Tasa de Seguridad e Higiene correspondiente a distintos períodos fiscales. La empresa sostiene que el cálculo aplicado por el municipio impacta sobre sus costos operativos y, por consecuencia, sobre la cadena de valor industrial a nivel nacional.

Este argumento motivó la presentación judicial realizada por la compañía ante el fuero federal de San Nicolás, bajo el planteo de que la cuestión excede el interés exclusivamente local debido al alcance nacional de su actividad.

Desde el municipio afirman que el tributo es legítimo y que se aplica bajo las ordenanzas vigentes, en línea con la normativa general de tasas municipales de la Provincia de Buenos Aires.

La instancia federal

El ingreso del caso en el ámbito federal se fundamenta en dos ejes principales:

Impacto en actividades alcanzadas por legislación federal, particularmente en cadenas productivas de exportación.

Cuestiones de competencia tributaria, donde el contribuyente considera que la tasa podría interferir con regulaciones nacionales vinculadas a la industria siderúrgica.

El expediente actualmente se encuentra en análisis preliminar, sin definiciones de fondo.

La urgencia de diciembre: habilitaciones empresariales

El conflicto adquiere relevancia adicional porque, durante diciembre, todas las empresas del Partido de Ramallo deben renovar su habilitación comercial anual. La normativa municipal establece que:

No pueden renovar las empresas con deuda vigente en tributos locales.

Sin habilitación renovada, las firmas no quedan autorizadas a operar en el distrito.

Esto coloca el conflicto tributario con Ternium en un punto sensible, dado que el resultado administrativo y judicial puede incidir directamente en el procedimiento de renovación.

Antecedentes judiciales relevantes

La discusión entre Ternium y el municipio se desarrolla en un escenario donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido múltiples fallos que delinean el alcance de las tasas municipales. Entre los más citados se encuentran:

* Esso Petrolera Argentina S.R.L. c/ Municipalidad de Quilmes (2021)

La Corte sostuvo que la tasa debe guardar vinculación directa con un servicio concreto, efectivo e individualizable prestado por el municipio.
Afirmó también que la base imponible puede considerar capacidad contributiva, pero siempre dentro de la proporcionalidad razonable.

* Western Union c/ Municipalidad de Merlo

El Tribunal reiteró que la tasa no puede funcionar como un mecanismo general de recaudación, sino que requiere demostrar qué prestación recibe el contribuyente.

* YPF c/ Municipalidad de Concepción del Uruguay

Se reafirmó que las tasas deben retribuir un servicio, no comportarse como impuestos encubiertos. Se exigió una descripción clara de la tarea municipal involucrada.

* Telefónica c/ Municipalidad de General Güemes

La Corte declaró inválida una tasa por falta de correlación entre el monto del tributo y el servicio alegado por la comuna.
El fallo profundiza la doctrina de la correspondencia estricta entre la prestación y el cobro.

* Municipalidad de Escobar c/ Edenor (2025)

En un caso reciente, el Tribunal confirmó la desestimación del reclamo municipal de un “derecho” por uso del espacio público.
El fallo señala que el municipio no identificó de qué manera concreta intervenía, ni describió un servicio específico vinculado al tributo.
Este precedente amplía la línea jurisprudencial que exige claridad en la contraprestación municipal y limita tasas que no detallan servicios individualizables.

Cómo se proyecta el caso de Ramallo

Si bien cada conflicto tributario depende de las normas locales y los hechos propios del expediente, la jurisprudencia consolidada de la Corte señala criterios recurrentes:

La tasa requiere servicio municipal concreto, verificable y específico.

La base de cálculo debe ser razonable y proporcional.

No puede configurarse una tasa cuyo único fin sea recaudatorio.

Los municipios deben acreditar qué acciones de control, seguridad o inspección prestan.

Estos puntos pueden ser relevantes para el tribunal federal al evaluar el planteo de Ternium y la fundamentación del municipio.

Próximos pasos

La resolución judicial, tanto en la órbita federal como eventualmente en instancias superiores, será determinante para:

La situación tributaria pendiente de Ternium.

La renovación de habilitaciones que se concretará en diciembre.

El encuadre de futuros reclamos locales hacia empresas de gran escala.

Por ahora, el caso permanece en debate administrativo y judicial, con expectativa de definiciones en las próximas semanas.

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